Obligaciones fiscales. ¡Factura sin estrés!
Autónomo ¿ser o no ser?
En el artículo anterior, abordamos algunas de las problemáticas del artista contemporáneo del siglo XXI. Para continuar promoviendo soluciones y afrontar dichos desafíos, hoy en Polifranquearte hemos decidido trabajar el tema de obligaciones fiscales y facturación para artista en España*. Un tópico polémico debido a la naturaleza tan particular de las actividades profesionales artísticas y la forma de generar sus ingresos, que en la mayoría de los casos suelen ser bastante irregulares.
"Hoy vendo, hoy como. Mañana, no se."
Ante ingresos irregulares, los pagos “en negro” y “el intercambio”, sin contar los precios “competitivos” que solemos manejar los creativos artísticos, nos encontramos con un panorama desolador en cuanto a nuestras cotizaciones en la seguridad social y nuestras obligaciones fiscales. A esto se suma la falta de seguridad laboral y acceso limitado a beneficios laborales, que en consecuencia no nos permite solicitar un crédito, una ayuda para ir al paro (en el caso de requerirlo por una baja médica, por ejemplo), o cualquier prestación de índole burocrático.
Y aunque mientras estamos jóvenes, somos entusiastas, anticapitalistas, y parece que podemos con todo y no necesitamos de nada, eventualmente nos llega ese momento de replantearnos y reconocer la importancia de estar al día en nuestras obligaciones fiscales.

¡Llego el momento de poner orden!
Pero surge la duda: ¿Y qué tengo que hacer? Y es allí cuando apelamos a San Google y buscamos en el sagrado internet que todo lo sabe. Lo primero que nos suele indicar es que debemos (como en cualquier actividad laboral) declarar toda transacción mercantil (es decir, de venta de producto/obra o servicio) que genere unos beneficios económicos.
Ya… y ¿Cómo hago esto?
Y allí comienza el dilema… La primera alternativa que nos suele aparecer en el horizonte es la de hacernos autónomos para poder facturar. Sin embargo, esto puede resultar problemático en la mayoría de los casos debido a la irregularidad de los ingresos al iniciar.
Continúas investigando y descubres que puedes facturar sin ser autónomo. Para ello, debes darte de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de Actividades Económicas (Hacienda), a través de la presentación del modelo 036 o 037. Pero esta opción solo es viable bajo dos condiciones: que la actividad no sea habitual y que no generes ingresos superiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Además, debes cumplir con las obligaciones fiscales de declarar cada factura y sus respectivas retenciones de IVA, así como realizar la declaración de IRPF y cotizar la jornada de trabajo en la seguridad social...
¡Ya comienza a sonarme que me están hablando en chino!
En este punto, es probable que tengas un mínimo de tres ventanas abiertas, leyendo sobre IVA, IRPF y SG, tratando de entender cómo realizar todos los tramites, sin tener idea de la mayoría de los términos que menciona, quedando abrumados sin saber exactamente por dónde empezar para hacer los cálculos y rellenar correctamente las planillas. Sin contar el miedo imaginario de llegar a cometer un error, y que en futuro nos llamen de Hacienda para notificar que por ese error tenemos una multa mayor de los ingresos que obtuvimos por dicha factura…
Es simplemente agotador y desgastante… Pero no debería ser así, de hecho, ¡no tiene que ser así!

Invitamos a la empresa ARTISTAMENTE, plataforma digital de profesionales en facturación para artistas, asesores legales y fiscales en España, a que nos echaran una mano para despejar dudas y resolver de una vez por todas nuestras obligaciones fiscales y tributarias. Y de esta manera, podremos llevar un control y gestión financiera adecuada y sin estrés.
Y les preguntamos:
¿Qué diferencia hay entre el régimen general y el de artistas?
En términos fiscales, se refiere a una modalidad de tributación diseñada para profesionales que desarrollan actividades artísticas, literarias o científicas, y que buscan beneficiarse de ventajas y simplificaciones en el cálculo de sus impuestos. Este régimen está dirigido a reconocer las particularidades de los ingresos generados por actividades creativas y artísticas.
Es importante tener en cuenta el tipo de actividades que pueden acogerse a este régimen incluyen actividades artísticas, literarias y científicas, incluyendo la realización de obras musicales, literarias, dramáticas, cinematográficas, plásticas, fotográficas y otras similares.
Además de "por ser una obligación" ¿Por qué debería facturar?
Una factura es, básicamente, una prueba fiscal y legal de que un servicio u operación se ha realizado correctamente entre el artista y el cliente y, además, otorga derechos a ambas partes, por lo que actúa como garantía ante cualquier malentendido o problema. En el caso de un impago o un error en el importe, el artista puede hacer uso de la factura para reclamar el dinero.
Además, facturando, tanto como autónomo como con una empresa que gestiona el alta puntual de un artista en la seguridad social, se genera derecho a prestación por desempleo y se cotiza el paro y la jubilación. Por otro lado, en caso de sufrir un accidente laboral durante la jornada, el artista está cubierto.
¿Qué diferencia hay entre el régimen general y el de artistas?
En términos fiscales, se refiere a una modalidad de tributación diseñada para profesionales que desarrollan actividades artísticas, literarias o científicas, y que buscan beneficiarse de ventajas y simplificaciones en el cálculo de sus impuestos. Este régimen está dirigido a reconocer las particularidades de los ingresos generados por actividades creativas y artísticas.
Es importante tener en cuenta el tipo de actividades que pueden acogerse a este régimen incluyen actividades artísticas, literarias y científicas, incluyendo la realización de obras musicales, literarias, dramáticas, cinematográficas, plásticas, fotográficas y otras similares.
¿Qué es ARTISTAMENTE y cómo me puede ayudar a llevar el control de mis obligaciones fiscales y tributarias sin estrés?
Artistamente es una empresa de facturación y asesoramiento legal dirigida a todos los artistas sin la necesidad de que estén dados de alta como autónomos. Asumimos la contratación del artista como trabajador propio, nos encargamos del alta en la Seguridad Social y la tramitación de la factura electrónica y su respectiva retención del IVA, para que el artista pueda centrarse únicamente en crear arte.

¿Sabías que al ser socio de franquearte tienes acceso directo al servicio de Artistamente? Consulta todos los beneficios y como afiliarte haciendo clic Aquí
¿Qué beneficios tiene facturar con ARTISTAMENTE?
La empresa se encarga de dar de alta y de baja al artista en la Seguridad Social, considerándolo como un trabajador propio. Además, tramita la factura y gestiona los contratos. Artistamente asume la responsabilidad de la contratación y se ocupa de toda la parte administrativa. Por lo tanto, no tendrás que preocuparte por realizar trámites adicionales.
Al facturar a través de Artistamente, es posible obtener ingresos superiores en comparación con la facturación como autónomo. Además, se tiene la posibilidad de recuperar el IVA en las compras de materiales. Solo se paga impuestos por lo que efectivamente se factura, y esta opción es compatible con la posibilidad de cobrar el paro o tener otro trabajo.

¿Cómo funciona?
A través de la plataforma, el usuario puede registrarse proporcionando sus datos personales, su número de identificación y su número de cuenta bancaria, donde recibirá los pagos correspondientes. Una vez que su registro haya sido validado, podrá generar facturas por los servicios prestados, especificando los días en los que trabajará. Artistamente procederá a dar de alta al usuario en la Seguridad Social bajo el Régimen General de Artistas, considerándolo como un trabajador de la empresa.
La factura que el artista genere llevará el nombre de Artistamente, la cual posteriormente el artista deberá enviar la misma al cliente. Una vez el cliente realice el pago a la cuenta bancaria de nuestra empresa (reflejada en la factura) y una vez podamos comprobar dicho ingreso, en un plazo de 24 a 72 horas, se efectuará una transferencia a la cuenta del artista, correspondiente a su nómina. Cabe destacar que de esta transferencia se deducirán los impuestos de la Seguridad Social, IRPF, IVA y una comisión del 5% sobre el valor de la factura.
La factura que el artista genere llevará el nombre de Artistamente y el artista deberá enviar la factura al cliente, quien deberá pagar al número de cuenta de nuestra empresa. Una vez se haya recibido el pago, en un plazo de 24-72h se le hará la transferencia a la cuenta del artista en concepto de nómina, siempre restando los impuestos de la SS, IRPF, IVA y una comisión del 5% del valor de la factura.
¿Cómo calculo todo esto? (Ejemplo)
Para calcular el importe total que quedará, se deben descontar los gastos de gestión (un 5%sobre la factura), el IRPF (6,35€ por día trabajado), y la SS (16,75€ por día trabajado).
Por ejemplo, con una factura de 500€ con un día trabajado, el desglose sería el siguiente: Gestión Artistamente (5%): 25:00€
Seguridad Social: 16,75€
IRPF: 6,35€
Total: 451,90€
* Puedes utilizar un simulador en la web: https://www.artistamente.es/#simulator
¿Cómo puedo verificar que lo he hecho bien?
Cada vez que crees una factura en tu cuenta personal dentro de la plataforma, esta generará una vista previa detallada de la liquidación. Así podrás visualizar lo que percibirás de dicha factura una vez que se haya cobrado. Una vez estés satisfecho con los cálculos de liquidación, simplemente haz clic en el botón “confirmar la factura”. De esta manera, la factura se generará automáticamente y se almacenará en tu carpeta de expedientes. Desde allí podrás descargar la factura para enviarla al cliente. Además, tendrás la opción de consultar la liquidación asociada a cada factura para un mayor control y transparencia.
¿Qué costo tiene?
Para validar el proceso de alta, Artistamente cobra una única tarifa de afiliación de 30€, que se deducirá de la primera factura generada. *Sin embargo, este costo de afiliación queda eximido para los artistas que son socios de Franquearte. Si deseas más información sobre cómo convertirte en socio de Franquearte, consulta aquí ¿Cómo hacerte socio de Franquearte?
¿Puedo facturar con IVA reducido del 10%?
El IVA que se aplica siempre es del 21%. Para poder aplicar el IVA reducido del 10% en sus facturas los artistas deben prestar sus servicios y facturarlos como personas físicas. Esto significa que si el trabajo se factura por una sociedad mercantil como es el caso de Artistamente, debe aplicarse el 21% sin excepción.
¿Puedo realizar una sola factura para todo un grupo o colectivo artístico?
Sí, aunque todos tendrán que estar inscritos en la web para poder darlos de alta, y cada uno recibirá una liquidación individual.
En el caso de presupuestos, ¿Cómo puedo mandar una simulación a mi cliente?
Artistamente ofrece la opción de crear una factura proforma, que simula una factura provisional para proporcionar al cliente información detallada sobre una futura transacción comercial. Una factura proforma no tiene valor fiscal ni contable; es simplemente un documento que detalla los aspectos de una factura definitiva que se emitirá en el futuro.
Una vez aprobada la proforma, procedemos a generar la factura definitiva en base a la misma información, que la plataforma crea automáticamente.
* Toma en cuenta...
…No puedes crear una factura con fecha anterior a la actual, ya que según el día que crees la factura e indiques el día trabajado al cliente, Artistamente se encargará de dar de alta en la seguridad social realizando el pago correspondiente de dicha jornada y esto es irreversible. Es por ello que te recomendamos siempre hacer la factura previamente al trabajo.
…siempre que calcules un presupuesto para un cliente calcula previamente tu liquidación tomando en cuenta SS, IRPF y la comisión de artistamente.
…el pago de la factura se hace a la empresa ARTISTAMENTE, no al artista. No aceptes pagos en efectivo. La plataforma se encargará automáticamente de hacerte el ingreso correspondiente
…si has tenido algún error o te han cancelado el trabajo, debes comunicarte inmediatamente con info@artistamente.es y notificarlo a la brevedad posible.
…la facturación con artistamente es compatible con otros trabajos.
… el artista es responsable de enviar la factura a su cliente.
… al estar trabajando con artistamente cuentas con un seguro de responsabilidad civil básico.
Esperamos que toda esta información pueda resultar de utilidad para poner en orden tu situación fiscal como artista, si tienes dudas o quieres que escribamos de algún contenido en especial escríbenos a franquearte@gmail.com